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SE MODIFICA HORARIO DE VENTA DE LICORES PARA LOS DÍAS DOMINGOS.

Después de modificado el acuerdo ministerial firmado en 2010 que prohibía el expendio de licor los domingos a partir de las 16h00, se acordó que la venta de bebidas alcohólicas podrá extenderse hasta la 22h00 con las siguientes aclaraciones:

“A fin de respetar las tradiciones gastronómicas de las personas, especialmente en cuanto a las manifestaciones culturales que vinculan alimentos y bebidas, se exceptúa de la prohibición expender bebidas alcohólicas los días domingos a los establecimientos turísticos registrados, de acuerdo con el siguiente horario:

Restaurantes hasta las 22h00

Cafeterías hasta las 22h00

Locales de comida rápida hasta las 22h00

Salas de banquetes entre las 10h00 y las 16h00

Marinas y Muelles entre las 10h00 y las 16h00

Establecimientos que prestan servicios complementarios en establecimientos de alojamiento hasta las 22h00.

Estos establecimientos podrán expender bebidas alcohólicas, según el horario fijado, solamente cuando sean solicitadas por los clientes para acompañar la comida.”

Se encuentran excluidas DISCOTECAS, KARAOKES, CANTINAS o similares pues estos locales no expenden comida.

Del control se encargaran las INTENDENCIAS y el MINISTERIO DE TURISMO.


 

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